
Tanto la solicitud de la tramitación como el posterior procedimiento judicial del Concurso de acreedores de persona física (en adelante ley de segunda oportunidad), son muy arduos y complejos ya que requieren de mucha documentación, y la elaboración de una memoria explicativa de la situación financiera. De la documentación que se entregue y de la explicación de la situación financiera que se haga dependerá en gran medida el éxito del procedimiento. Con este artículo entenderás qué documentación hace falta, cómo conseguirla y por qué es necesaria.
Ningún documento que se pide en la Ley de Segunda Oportunidad es casual. La propia ley nos exige como condición que se aporte toda la documentación a la fecha de la demanda de solicitud. Viene regulado en su artículo 7 y 8.
Documentos necesarios para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad, por qué y dónde encontrarlo.
- Lo primero que vamos a necesitar es una fotocopia del DNI/ NIE y certificado de nacimiento para identificar a la persona que lo solicita. El certificado de nacimiento se pide en el Registro Civil, de forma presencial o por correo.
- Se va a necesitar también certificado de empadronamiento, para poder determinar la competencia territorial del juzgado, es decir, qué juzgado es el que corresponde con el domicilio del solicitante. Se puede pedir en el ayuntamiento, tanto presencialmente como en el registro electrónico.
- Es necesario también un certificado de antecedentes penales. Ello es debido a que la ley exige probar que no se ha cometido delitos económicos, que es uno de los requisitos para solicitar el procedimiento de la ley de segunda oportunidad podéis comprobar los requisitos en este enlace. ¿De qué manera se solicita? Ante el ministerio del interior, tanto presencialmente como en su sede electrónica a través de certificado digital o sistema clave de sms.
- En caso de matrimonio o pareja de hecho: el certificado de matrimonio o la inscripción de la pareja de hecho.
- Si se tiene hijos a cargo es conveniente aportar tanto libro de familia como el empadronamiento de los hijos.
- Poder configurar el pasivo de concurso de acreedores, es decir la deuda total que existe es necesario elaborar un Listado de acreedores, reflejando la cuantía de la deuda y procedimiento judicial de reclamación si existe.
- Por el mismo motivo se va a necesitar realizar una estimación de los gastos mensuales que tiene el solicitante o su unidad familiar (si tiene personas a cargo).
- Por último, para poder configurar el activo del concursado, es decir el dinero líquido y bienes que tenga el solicitante, necesitamos nota simple de los bienes que tenga, ingresos mensuales (nómina o certificado de beneficiario de pensión o prestación) y las 3 últimas declaraciones de IRPF, si se tiene obligación a realizarla, en caso contrario certificado de estar exento.
- La memoria.
La memoria explicativa de la situación económica del concursado.
En ella se va a explicar la historia jurídica y económica: cuál ha sido la profesión, si han existido circunstancias que repercutan en la buena o mala fortuna del concursado, cuáles y cómo han sido las principales deudas contraídas, con qué finalidad se han contraído. En definitiva se trata de explicar que se encuentra en un estado de insolvencia, y los motivos por los que se ha llegado a ese estado. En vista a que es un documento jurídico, debería ser elaborado por un Abogado experto en Ley de Segunda Oportunidad.
Cómo se tramita la Ley de Segunda Oportunidad
Una vez reunida toda la documentación y comprobado que se reúne los requisitos exigidos por la Ley, el Letrado presentará una demanda en el Juzgado de lo Mercantil competente solicitando que se declare el Concurso de Acreedores de la Persona Física, el Juez en caso de que entienda que se reúne con todos los requisitos dictará Auto declarando la apertura del concurso. Posteriormente se iniciarán todas las fases que comprende el concurso, cuya duración y complejidad dependerán si es un concurso con masa o sin ella (con la enajenación de los bienes como la vivienda o sin ella).