Si has sido despedido y crees que no se ha hecho de forma justa, es posible que estemos ante un despido improcedente. Como abogados laboralistas en Cádiz, en Mateo López Abogados te guiamos en todo el proceso para que reclames lo que te corresponde. En este artículo te explicamos de forma clara y rigurosa cuándo un despido puede considerarse improcedente y qué pasos debes seguir para defender tus derechos.
¿Qué es un despido improcedente y cuándo se considera como tal?
Desde un enfoque jurídico riguroso, el despido improcedente se configura como una figura legal que sanciona la ruptura unilateral del vínculo laboral por parte del empleador cuando ésta carece de causa justificada o no se ha producido con el cumplimiento estricto de los requisitos formales establecidos en la normativa laboral vigente. Conforme al artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, se considerará improcedente aquel despido en que el empresario no logre acreditar la veracidad de los hechos alegados o cuando la forma en que se ha realizado infringe los trámites procesales preceptivos, tales como la notificación escrita mediante carta de despido que exprese de forma clara y precisa los hechos motivadores y la fecha de efectos.
Esta calificación puede derivarse tanto de una declaración expresa del empleador (cuando así lo reconozca en el acto de conciliación previa o en el propio acto de juicio), como por resolución judicial, una vez practicadas las pruebas y escuchadas las partes en sede jurisdiccional. La improcedencia no presupone necesariamente la inexistencia de conflicto, sino la falta de adecuación del despido a los parámetros normativos exigidos. Esta figura adquiere relevancia sustantiva, no solo en términos de reparación del daño causado al trabajador, sino como mecanismo de garantía institucional frente a decisiones empresariales arbitrarias o desproporcionadas.
Diferencias entre despido procedente, improcedente y nulo
- Procedente: El despido procedente se produce cuando el empresario acredita debidamente una causa legal, ya sea objetiva (por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción) o disciplinaria (por incumplimientos graves del trabajador). Además, debe seguirse el procedimiento legalmente establecido, incluyendo la entrega de una carta de despido clara, con hechos concretos y la fecha de efectos. El despido procedente no da derecho a indemnización, aunque sí al finiquito correspondiente.
- Improcedente: Se considera improcedente cuando el empresario no puede demostrar que existía una causa válida para despedir o si ha incumplido el procedimiento formal exigido. Por ejemplo, si no se entrega carta de despido, si la misma es ambigua, si no se respetan los derechos de audiencia del trabajador en ciertos casos, o si los hechos alegados no tienen entidad suficiente. En estos casos, el trabajador tiene derecho a ser readmitido o a recibir una indemnización económica que compense el despido injusto. La calificación de improcedente tiene importantes consecuencias económicas para la empresa, especialmente en trabajadores con alta antigüedad.
- Nulo: El despido nulo se da cuando el despido vulnera derechos fundamentales o libertades públicas del trabajador. Es habitual en casos de discriminación por razón de sexo, orientación sexual, raza, afiliación sindical o situación de embarazo o maternidad, entre otros. También cuando se despide a trabajadores durante bajas médicas de larga duración si no hay una justificación objetiva y razonable. En estos casos, la empresa está obligada a readmitir al trabajador y abonar los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la readmisión. No cabe indemnización en lugar de la readmisión, salvo acuerdo entre las partes o imposibilidad legal de readmisión efectiva.

Causas comunes por las que un despido se considera improcedente
- Ausencia o vaguedad en la carta de despido. Si la empresa no entrega una carta formal o esta no detalla de manera clara y concreta los hechos que motivan el despido, se vulneran los requisitos formales exigidos por el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores.
- Falta de pruebas que justifiquen el despido. Es frecuente que el empresario alegue causas disciplinarias sin aportar pruebas suficientes. En juicio, la carga de la prueba recae sobre el empleador.
- Omisión de audiencia previa al delegado sindical. Cuando el trabajador está afiliado a un sindicato o es representante legal de los trabajadores, es obligatorio cumplir con este trámite, cuya omisión invalida el despido.
- Irregularidades en el procedimiento legal. Esto incluye el incumplimiento de plazos, no otorgar al trabajador posibilidad de defensa, o ignorar formalidades exigidas por convenios colectivos.
- Despidos verbales o tácitos. Si el trabajador es apartado de sus funciones sin comunicación escrita o si se le impide el acceso al centro de trabajo sin justificación formal, también se considera improcedente.
- Desproporción entre los hechos y la sanción. Cuando la falta alegada no justifica una medida tan extrema como el despido, se declara improcedente por desproporcionalidad.
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¿Qué derechos tengo si me despiden de forma improcedente?
El trabajador cuyo despido ha sido calificado como improcedente dispone de dos derechos fundamentales reconocidos por la legislación laboral: la readmisión en su puesto de trabajo con abono de los salarios de tramitación, o bien el percibo de una indemnización sustitutiva. Esta doble posibilidad tiene como finalidad principal restablecer el equilibrio roto por una extinción contractual injusta y garantizar la protección efectiva del empleo.
Si no se manifiesta expresamente lo contrario, es el empresario quien ostenta el derecho de opción entre una y otra medida. Sin embargo, cuando el afectado es un representante legal de los trabajadores, la elección corresponde al propio trabajador, salvo en los casos de despido nulo.
La cuantía de la indemnización por despido improcedente se establece en 33 días de salario por cada año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año, con un límite máximo de 24 mensualidades. En los contratos formalizados antes de la reforma laboral de 2012, puede aplicarse una regla de cálculo mixta que combine tramos de 45 días y 33 días por año trabajado. Además, la readmisión conlleva el abono de los denominados salarios de tramitación, es decir, aquellos que el trabajador habría percibido desde la fecha del despido hasta la fecha efectiva de reincorporación.
Este régimen jurídico busca disuadir a los empleadores de realizar despidos arbitrarios, a la vez que proporciona una compensación justa a los trabajadores que ven vulnerado su derecho al mantenimiento del empleo.

Cómo reclamar un despido improcedente paso a paso
1. Plazos legales para presentar la reclamación
Tienes 20 días hábiles desde el despido para iniciar el proceso. Es un plazo muy estricto.
2. Presentación de la papeleta de conciliación
Debes presentarla ante el CMAC en Cádiz. Es obligatorio antes de acudir al juzgado.
3. ¿Qué ocurre si no hay acuerdo en el acto de conciliación?
Recibirás un acta sin avenencia. Desde ese momento, puedes presentar la demanda judicial.
4. Demanda judicial por despido improcedente
Debe interponerse en el Juzgado de lo Social. Es importante contar con un abogado laboralista para preparar una demanda bien fundamentada.
Pruebas necesarias para defender tu despido improcedente
- Carta de despido.
- Contrato de trabajo y nóminas.
- Comunicaciones internas (emails, WhatsApp).
- Testimonios de compañeros.
¿Cuánto puedo ganar si reclamo un despido improcedente?
Depende de tu antigüedad y salario. En muchos casos, hablamos de miles o decenas de miles de euros.
Ejemplos prácticos de cálculo de indemnización
Si tienes 8 años de antigüedad y cobrabas 1.500 € al mes, podrías reclamar unos 13.200 €.
Preguntas frecuentes sobre el despido improcedente
¿Qué pasa si firmé el finiquito?
Puedes reclamar igualmente, salvo que hayas firmado una renuncia expresa y clara, lo cual es poco habitual.
¿Puedo reclamar si han pasado más de 20 días?
No, salvo contadas excepciones como error en la notificación.
¿Es necesario ir a juicio o se puede solucionar antes?
En muchos casos se llega a un acuerdo antes del juicio. Un abogado laboralista te ayudará a negociar.
¿Necesito un abogado laboralista en Cádiz para reclamar?
Sí. La experiencia local y el conocimiento de los juzgados de Cádiz marcan la diferencia.
¿Por qué contar con un abogado laboralista en Cádiz puede marcar la diferencia?
Cada juzgado tiene sus particularidades. En Mateo López Abogados conocemos de primera mano los criterios de los jueces de Cádiz y los argumentos que mejor funcionan. Te acompañamos desde el primer paso hasta la resolución final.
No dejes pasar el plazo. Si crees que tu despido puede ser improcedente, contacta hoy mismo con nosotros. En Mateo López Abogados te ofrecemos una primera valoración gratuita y te ayudamos a reclamar lo que es tuyo. Rellena nuestro formulario, llámanos o envíanos un WhatsApp. Estamos en Cádiz para defender tus derechos laborales.





