Diferencia entre delito de maltrato de obra y delito de lesiones: guía brevísima

abogado penal lesiones Cadiz

Hoy vengo a hablaros la raíz de la agresión del famoso futbolista Valverde a un contrincante mientras se dirigían de vuelta a sus autobuses, de la enorme diferencia existente entre una agresión con lesión (aunque sea leve) o sin ella, en cuanto a sus consecuencias jurídicas.

En este caso el jugador del Real Madrid, golpeó en la cara al Jugador del Villareal en el párking colindante al Estadio, sin provocarle lesiones físicas, por la información vertida por los periódicos deportivos. Parece que agentes de la Policía Nacional presenciaron estos hechos, y que el jugador ha interpuesto denuncia.

El maltrato de obra

El delito de maltrato de obra, y el delito de lesiones son dos delitos que se encuentran recogidos en el Código Penal, y aunque pueden parecer similares, existen importantes diferencias entre ellos. En este artículo, se explicará la diferencia entre el delito de maltrato de obra y el delito de lesiones, así como los diferentes grados de penas que existen en España.

El delito leve de maltrato de obra se refiere a cualquier agresión física («el que golepeare o maltratare») que no llegue a causar lesiones físicas. Este delito se encuentra recogido en el artículo 147.3 del Código Penal. Solo es perseguible a instancia de parte, es decir que si existe atestado de la policía, pero no media denuncia de la persona perjudicada, no se iniciará ningún procedimiento.

«El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses».

Artículo 147.3 del Código Penal

” El hecho de que no resultara probada la existencia del arañazo a que se hace referencia en la denuncia carece de trascendencia y justifica la razón de la condena del ex artículo 147.3 del Código Penal, al no estar acreditada la producción de lesión alguna como consecuencia de la agresión de autos, pues el maltrato de obra tipificado en dicho precepto precisa de dicha ausencia para que pueda apreciarse, no teniendo a la salud como bien jurídico protegido, sino la dignidad de las personas.

La recurrente estima que se trata de un incidente que debe permanecer ajeno al derecho penal dada su insignificancia, consideración que no se comparte dados los términos con los que se describe la conducta desarrollada por la denunciada en sentencia. Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, abalanzar es igual a lanzar, arrojar, impeler violentamente algo, y coger hace referencia a agarrar a alguien. Es evidente que quien se abalanza sorpresivamente contra una persona y la agarra por el pecho realiza un acto de maltrato que entra dentro del concepto del delito leve sancionado por el artículo 147.3 del Código Penal.”.

En enero de 2018 la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 2ª) condenó a una persona por abalanzarse contra otra, sin producirle lesiones. sentencia de fecha 16.01.2018

Podemos ayudarte
En Mateo López Abogados somos abogados especialistas en delitos contra las personas. Si necesita un despacho con amplia experiencia en Derecho Penal, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.

consúltenos aquí

Es importante tener en cuenta que el delito de maltrato de obra también puede ser agravado si se comete en el ámbito familiar o en presencia de menores, tal y como se recoge en el artículo 153.1 del Código Penal. En estos casos ya no hablaríamos de delito leve y las penas pueden ser más graves.

El delito de lesiones

Por otro lado, el delito de lesiones se refiere a cualquier acción que cause un daño físico o psíquico en la víctima. Se considera un delito más grave que el de maltrato de obra y se divide en tres grados: leve, grave y muy grave.

  • Las lesiones leves se recogen en el artículo 147.1 del Código Penal y se definen como cualquier daño físico o psíquico que necesite para su sanidad menos de diez días y no requiere tratamiento médico o quirúrgico. Por ejemplo, si una persona le da un empujón a otra en un momento de discusión y esta última sufre un pequeño corte en la frente que no requiere de atención médica, estaríamos ante un delito leve de lesiones.
  • Las lesiones graves se recogen en el artículo 148 del Código Penal y se definen como cualquier daño físico o psíquico que requiere tratamiento médico o quirúrgico y que necesita para su sanidad más de veinte días o implica una incapacidad temporal para la víctima. Un ejemplo de este tipo de delito sería el caso de una pelea en la que una persona recibe un golpe que le causa una fractura nasal y necesita atención médica para cura.
  • Finalmente, las lesiones muy graves se recogen en el artículo 149 del Código Penal y se definen como cualquier daño físico o psíquico que causa una incapacidad permanente para la víctima, una enfermedad incurable, la pérdida de un órgano o una extremidad, la deformidad facial o la pérdida de la capacidad de procrear. Por ejemplo, si una persona sufre una lesión en la columna vertebral que le impide realizar sus actividades diarias durante varios meses, estaríamos ante un delito muy grave de lesiones.

Diferencia entre delito leve de agresión o maltrato de obra y delito de lesiones.

Mientras que el de lesiones trata de proteger la integridad física de la víctima, el delito de maltrato de obra trata de defender a aquel que ha recibido un trato inhumano o degradante. Por ello decimos que el bien jurídico protegido, es decir el supuesto que pretende defender la ley, es distinto ya que en el maltrato de obra se trata de proteger la dignidad e integridad moral de la persona y en el delito de lesiones se trata de proteger la integridad física. De ahí que uno sea perseguible solo mediante denuncia (malos tratos de obra) y otro de oficio a través de atestado policial, parte de lesiones en los servicios de atención, etc.

En conclusión, aunque los delitos de maltrato de obra y de lesiones tienen algunas similitudes, es importante conocer las diferencias entre ellos para poder distinguirlos correctamente. Mientras que el maltrato de obra se refiere a un trato inhumano o degradante hacia otra persona sin llegar a causarle una lesión, el delito de lesiones implica causar una lesión que menoscabe la integridad corporal o la salud física o mental de otra persona. Además, dentro del delito de lesiones, existen diferentes grados de gravedad en función de la lesión causada.

Comparte este Artículo

Artículos y Noticias