El testamento en peligro de muerte es un documento legal que se realiza en situaciones en las que el testador se encuentra en una situación de gravedad que hace que exista el riesgo de fallecimiento inminente. Estas situaciones pueden ser accidentes, enfermedades o cualquier otra causa que ponga en riesgo real la vida del testador. En estos casos, el testador puede sentir la necesidad de realizar un testamento de manera urgente, ya sea para dejar sus bienes en orden o para expresar sus últimas voluntades.
Es un tipo de testamento abierto y especial, igual que el testamento en caso de epidemia -que también tiene sus requisitos-. Ambos son testamentos dejados de viva voz (nuncapativos), que atienden a situaciones excepcionales y urgentes, están sometidos a plazos de caducidad y a requisitos formales para su validez. Es decir, que no vale simplemente con decirle a un familiar qué se quiere hacer con los bienes, sino que hay unos formalismos para dar validez legal a esa voluntad. Lo veremos a continuación.
Condición para la validez del testamento en peligro de muerte
Esta clase de testamentos está regulado en el art 700 (3):
“Si el testador se hallare en peligro inminente de muerte, puede otorgarse el testamento ante cinco testigos idóneos, sin necesidad de notario.”
Requisitos iniciales para dejar testamento
- La primera condición, obviamente, es que se dé una situación real de peligro de muerte. Una situación real y objetivable, aunque no hace falta aportar informes médicos, sí es conveniente. También será necesario la referencia del estado y causa de muerte por los testigos, así como el lugar donde se otorgó (hospital, cama, etc), la concurrencia de personal sanitario, sus informes o su testifical facilitan sobremanera estos trámites.
- Lo segundo es que el testamento oral se haga ante 5 testigos que conozcan al testador -que reconozcan, que sepan quién es, no que tengan o hayan tenido un trato cercano-, y que sean idóneos: aquí hay que tener en cuenta que para los testamentos abiertos, no pueden ser testigos los parientes cercanos (hasta 4º grado consanguíneo) porque lo prohíbe el 682 del Código Civil.
- Otro requisito es que el testador tenga capacidad para testar, lo cual deberán calificar los testigos: que esté en sus facultades mentales en el momento de expresar su voluntad, y que conocía de las consecuencias y deseaba ese efecto.
- Otra de los requisitos que se extaen de la interpretación del texto es que no sea razonablemente posible contar con la presencia de un notario por los motivos de urgencia.
Requisitos posteriores para la validez
- Posteriormente a la emisión de las últimas voluntades del testador, los testigos deben pasar a formato escrito el testamento. Posteriormente, debe ser firmado y fechado por los testigos y, en caso de que sea posible, por el testador.
- Cumplir los plazos: este tipo de testamento pierde validez a los 2 meses de haberse producido. Es decir, que si ya no existe el peligro inminente de muerte el testamento no es válido. Asimismo, ha de acudirse al notario para realizar el trámite de protocolización marcado por el procedimiento de jurisdicción voluntaria en el plazo de 3 meses desde el fallecimiento.
- Realizar la protocolicación del testamento, que lo desarrollamos a continuación.
Protocolización: procedimiento notarial de jurisdicción voluntaria
El último requisito es realizar la escritura y protocolización (registrar notarialmente el hecho) a través del expediente de jurisdicción voluntaria (704 CC.) en el plazo indicado anteriormente señalado:
“Los testamentos otorgados sin la autorización de notario serán ineficaces si no se elevan a escritura pública y se protocolizan en la forma prevenida en la legislación notarial”.
La figura de la protocolización del testamento en peligro de muerte es una herramienta legal que permite que este tipo de testamentos sean válidos y tengan efecto legal. Esta figura es especialmente importante en situaciones de emergencia en las que el testador no tiene tiempo para seguir los procedimientos legales habituales. La protocolización del testamento en peligro de muerte permite que el testador pueda dejar sus últimas voluntades y que estas sean cumplidas tras su fallecimiento.
Una vez que el testamento ha sido protocolizado, el notario debe enviar una copia del acta al Registro de Actos de Última Voluntad. Este registro es público y en él se inscriben todos los testamentos realizados en España. De esta forma, cualquier persona interesada puede acceder a la información de un testamento y conocer cuáles son las últimas voluntades del testador.
Es importante destacar que la protocolización del testamento en peligro de muerte es una herramienta legal que debe ser utilizada con precaución. Es decir, solo debe ser utilizada en situaciones de emergencia en las que el testador no tiene tiempo para seguir los procedimientos legales habituales. Además, es importante que el testador se encuentre en pleno uso de sus facultades mentales y que no esté siendo coaccionado para realizar el testamento.
Por otro lado, es importante destacar que la protocolización del testamento en peligro de muerte no excluye la posibilidad de que este pueda ser impugnado posteriormente. Es decir, si algún heredero o persona interesada considera que el testamento no cumple con los requisitos legales, puede impugnarlo y llevar el caso a los tribunales correspondientes.
En este sentido, es fundamental que el testamento sea claro y detallado, para evitar confusiones y malentendidos en el futuro. Además, es recomendable que el testador consulte con un abogado o un notario antes de realizar el testamento en peligro de muerte, para asegurarse de que cumple con todos los requisitos legales y evitar posibles conflictos en el futuro.
En conclusión, la protocolización del testamento en peligro de muerte es una herramienta legal importante que permite que los testadores puedan dejar sus últimas voluntades en situaciones de emergencia en las que no tienen tiempo para seguir los procedimientos legales habituales. Sin embargo, es importante que esta figura se utilice con precaución y que el testamento sea claro y detallado, para evitar posibles conflictos en el futuro. Además, es fundamental que el testador consulte con un abogado o un notario antes de realizar el testamento en peligro de muerte, para asegurarse de que cumple con todos los requisitos legales y evitar posibles impugnaciones en el futuro.